Desde hoy conducir cambia: estas son las nuevas normas de tráfico que ya están en vigor

Desde hoy, 1 de octubre de 2026, conducir por España cambia un poco más de lo que parece. No estamos hablando de una campaña de la DGT ni de una recomendación para dentro de unos meses: ya ha entrado en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada mediante el Real Decreto 518/2026.

La norma pone el foco en los usuarios vulnerables —peatones, ciclistas, usuarios de patinetes, motoristas y pasajeros de motos y ciclomotores—, pero en realidad toca casi todo: adelantamientos, atascos, nieve, cinturones, autobuses, autocaravanas y hasta la forma en la que una moto debe ir equipada. La DGT ha resumido los principales cambios, pero el texto que manda es el publicado en el BOE.

La pregunta útil no es si la reforma suena bien sobre el papel, sino qué vas a tener que hacer distinto desde hoy. Y hay unas cuantas cosas.

La moto es uno de los vehículos que más cambia

Los motoristas son uno de los colectivos más afectados por la reforma. Conductores y pasajeros de motocicletas, ciclomotores, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y quads deben utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas. Además, pasa a ser obligatorio llevar calzado cerrado que cubra completamente el pie en cualquier tipo de vía, también dentro de ciudad.

El casco sigue siendo obligatorio, pero la nueva redacción exige expresamente su homologación conforme al Reglamento UNECE R22. Los ciclomotores cuentan con un periodo transitorio de un año durante el que podrán seguir utilizándose cascos simplemente certificados.

Los guantes ya son obligatorios desde hoy, aunque Interior todavía deberá concretar mediante una orden sus especificaciones técnicas. Hasta entonces, la norma ya exige llevar protección, aunque el detalle técnico final todavía no esté desarrollado.

También hay una novedad fácil de pasar por alto: las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad entre su dotación obligatoria. No significa que haya que conducir siempre con él puesto, pero sí llevarlo en la moto.

Infografía sobre guantes, calzado cerrado y chaleco reflectante obligatorios para motocicletas

El arcén deja de ser completamente territorio prohibido para las motos

La reforma permite habilitar determinados arcenes derechos para que las motocicletas puedan utilizarlos cuando el tráfico esté completamente detenido por congestión. Es una de esas medidas que muchos motoristas llevaban años pidiendo, pero viene con bastantes límites.

El tramo tendrá que estar expresamente habilitado y señalizado, habrá que circular en fila de uno y a un máximo de 30 km/h, y sin poner en peligro a quienes estén obligados a utilizar normalmente el arcén.

Así que no, esto no convierte todos los arcenes en un carril extra para motos. Solo podrán utilizarse donde esté expresamente autorizado.

Infografía sobre el uso del arcén por motos en atascos, solo en tramos habilitados y a un máximo de 30 km/h

Los patinetes ya tienen un marco nacional mucho más claro

Los vehículos de movilidad personal también reciben una regulación bastante más completa. Desde hoy, la edad mínima para conducir un VMP es de 15 años y el casco pasa a ser obligatorio.

De noche o cuando las condiciones reduzcan sensiblemente la visibilidad, sus usuarios deberán llevar elementos luminosos o reflectantes que permitan ser vistos a una distancia mínima de 150 metros. Aquí conviene fijarse en el matiz: la DGT habla de chaleco reflectante en su resumen, pero el texto literal del BOE permite otros elementos luminosos o reflectantes.

También queda expresamente prohibida su circulación por autopistas, autovías, travesías y vías interurbanas, aunque existe una excepción para vías ciclistas, carriles bici, pistas bici, sendas ciclables y otras vías donde esté prohibida la circulación de vehículos a motor, siempre que la señalización no diga lo contrario.

Y hay una norma que todavía no empieza hoy: el alumbrado permanente de los VMP, también durante el día, será obligatorio a partir del 1 de octubre de 2027.

Infografía sobre casco obligatorio, edad mínima, visibilidad nocturna y prohibiciones para patinetes eléctricos

Adelantar a un usuario vulnerable exige levantar mucho más el pie

Uno de los cambios que más conductores van a notar está en los adelantamientos. Cuando se adelante a ciclistas, peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores o vehículos de movilidad personal habrá que mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.

Cuando existan varios carriles en el mismo sentido, será obligatorio realizar un cambio completo de carril. Y fuera de poblado llega otra modificación importante: antes de iniciar el adelantamiento y durante toda la maniobra habrá que circular al menos 20 km/h por debajo del límite de velocidad de la vía.

En una carretera limitada a 90 km/h, por ejemplo, ese adelantamiento deberá realizarse como máximo a 70 km/h. La medida no afecta solo a las bicicletas, aunque probablemente sea con los ciclistas donde más la notemos en el día a día.

Infografía sobre distancia lateral, cambio completo de carril y reducción de velocidad al adelantar a usuarios vulnerables

Las bicicletas ganan sitio en ciudad

La reforma introduce varios cambios para la circulación urbana en bicicleta. Cuando no exista una infraestructura específica, las bicicletas circularán por la calzada y lo harán preferentemente por el centro del carril, siempre que las condiciones de seguridad lo permitan.

Los vehículos a motor que circulen detrás de una bicicleta dentro del mismo carril deberán mantener una distancia mínima de cinco metros. Además, los ciclistas podrán adelantar otros vehículos tanto por la derecha como por la izquierda y, en semáforos o retenciones, avanzar entre vehículos detenidos o sometidos a paradas frecuentes para alcanzar las zonas de espera adelantada.

También se abre la puerta a que, en calles urbanas de un único carril limitadas a 30 km/h o menos, los ayuntamientos permitan que las bicicletas circulen en ambos sentidos. No será automático: tendrá que autorizarlo y señalizarlo cada municipio.

Infografía sobre circulación de bicicletas por el centro del carril, distancia de cinco metros, retenciones y doble sentido señalizado

La acera sigue siendo del peatón

La nueva redacción intenta ordenar una de las situaciones más habituales en ciudad: las bicicletas no pueden circular por las aceras. Existe una posible excepción para menores de hasta 12 años cuando así lo permita la autoridad municipal.

Fuera de las aceras, los ayuntamientos sí podrán autorizar la convivencia de bicicletas y patinetes con peatones en determinadas zonas peatonales, pero manteniendo siempre la prioridad peatonal.

También se amplían las posibilidades para transportar personas y carga en bicicleta. Un adulto podrá llevar a menores de hasta 22 kg que puedan sentarse por sí solos en asientos adicionales homologados. Además, podrán utilizarse remolques y semirremolques para transportar personas, carga o animales de hasta 15 kg, sujeto a las condiciones técnicas que desarrolle Interior y a las posibles restricciones municipales.

En un atasco de autopista tendremos que abrir un corredor de emergencia

Esta es probablemente una de las normas que más tiempo tardaremos en interiorizar. Cuando en una autopista o autovía haya una retención y los vehículos circulen a paso de peatón o estén detenidos, deberán colocarse de manera que quede libre un espacio para permitir el paso de vehículos prioritarios.

En vías de dos carriles por sentido, el corredor se abre entre ambos carriles. En vías de tres o más carriles, el vehículo situado en el carril izquierdo deberá apartarse hacia la izquierda y todos los demás hacia la derecha, de forma que el corredor quede entre el carril izquierdo y el inmediatamente contiguo.

Lo importante es que no hay que esperar a escuchar una ambulancia detrás. El corredor debe formarse cuando aparece la retención.

Infografía sobre cómo abrir un carril de emergencia en retenciones con dos, tres o más carriles

Con nieve, adelantar deja de ser una opción

También cambia la circulación en autopistas y autovías cuando la nieve dificulte el tráfico. En esas circunstancias estará prohibido adelantar y será obligatorio circular por el carril situado más a la derecha.

En carreteras con tres o más carriles por sentido podrá utilizarse también el inmediatamente contiguo, pero los demás carriles situados a la izquierda deberán quedar libres para vehículos de emergencia y máquinas quitanieves.

No es simplemente eso de «dejar libre el carril izquierdo»: en vías con muchos carriles pueden tener que quedar libres varios de ellos.

Infografía sobre circulación en autopista con nieve, prohibición de adelantar y carriles libres para emergencias y quitanieves

Pasar junto a un vehículo detenido también cambia

Si encontramos un vehículo detenido por accidente, avería, asistencia, mantenimiento de la carretera o regulación del tráfico y ocupa total o parcialmente nuestro carril, tendremos que dejar al menos 1,5 metros de separación lateral.

Además, será obligatorio reducir la velocidad como mínimo 20 km/h respecto al límite de la vía. Es una de esas normas que parece menor hasta que te toca pasar junto a una grúa, una patrulla o alguien bajando de un coche averiado.

Infografía sobre la separación lateral y reducción de velocidad al pasar junto a un vehículo detenido

Los peatones ganan terreno en las ciudades

La reforma incorpora por primera vez un título específico dedicado a la circulación urbana y deja bastante clara una idea: las aceras son fundamentalmente espacios reservados a los peatones.

En las zonas de plataforma única donde calzada y acera comparten nivel, los peatones tendrán prioridad en cualquier punto. También se reconocen formalmente los llamados caminos escolares seguros, permitiendo aplicar restricciones al tráfico, reducciones de velocidad y otras medidas alrededor de colegios. Estas medidas pueden extenderse también a zonas próximas a hospitales, residencias y centros destinados a personas mayores o con discapacidad.

Incluso hay cambios en los semáforos: como norma general, en pasos de peatones regulados mediante semáforo específico, el verde fijo para peatones ya no podrá coincidir con una luz amarilla intermitente para los vehículos que atraviesen ese mismo paso.

Los riders también estrenan obligaciones

Quienes utilicen profesionalmente una motocicleta, ciclomotor, bicicleta, ciclo o vehículo de movilidad personal deberán llevar casco y chaleco reflectante de alta visibilidad mientras desarrollen su actividad, también en ciudad.

Aquí la obligación es más exigente que para un usuario particular y afecta directamente a repartidores y otros trabajadores que utilizan estos vehículos como herramienta de trabajo.

El cinturón pierde algunas de sus excepciones históricas

La reforma elimina varias exenciones que todavía existían. Conductores de taxi, vehículos de transporte de mercancías y profesores de autoescuela deberán utilizar el cinturón de seguridad también durante el ejercicio de su actividad profesional.

Permanece una excepción específica para el personal sanitario que preste asistencia dentro del habitáculo destinado al paciente de una ambulancia asistencial durante un servicio urgente.

Algunos autobuses quedan limitados a 80 km/h

Hay otro cambio que puede pasar bastante desapercibido. Los autobuses en los que viajen pasajeros de pie o que no dispongan de cinturones de seguridad quedan limitados a 80 km/h en cualquier vía fuera de poblado.

Hasta ahora la redacción del Reglamento aplicaba ese límite únicamente a determinadas carreteras convencionales, algo que el nuevo texto corrige.

Las autocaravanas estrenan reglas más claras para estacionar

La reforma regula expresamente cuándo una autocaravana o vehículo acondicionado como vivienda se considera correctamente estacionado. No podrá desplegar toldos, mesas u otros elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo; deberá descansar únicamente sobre sus neumáticos —aunque puede utilizar calzos o cuñas de seguridad— y no podrá verter líquidos procedentes del habitáculo.

Es una aclaración importante porque diferencia con mucha más claridad entre estacionar una autocaravana y acampar, una frontera que llevaba años generando discusiones entre usuarios, ayuntamientos y áreas de pernocta.

Ojo, porque no todo empieza hoy

Aunque el grueso del Real Decreto 518/2026 entra en vigor este 1 de octubre de 2026, hay dos fechas que conviene no mezclar. La primera afecta a los patinetes eléctricos: la obligación de utilizar permanentemente el alumbrado durante el día no comenzará hasta el 1 de octubre de 2027.

La segunda afecta a los ciclomotores. Sus conductores y pasajeros podrán continuar utilizando cascos certificados durante un año, hasta que finalice el periodo transitorio previsto por la reforma.

El resto de los grandes cambios ya está en vigor. Y probablemente los que más rápido vamos a notar sean los más cotidianos: guantes y calzado cerrado en moto, casco para los patinetes, más distancia y menos velocidad al adelantar usuarios vulnerables, cinco metros detrás de una bicicleta en ciudad y un corredor de emergencia cada vez que una autopista quede bloqueada.

Por separado parecen ajustes pequeños. Juntos cambian bastante la forma en la que nos vamos a mover por carretera y ciudad a partir de hoy.

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